“Bájense”, les ordenaron tres policías de Chimalhuacán a una pareja de jóvenes que se encontraban en un auto discutiendo cuestiones de amor, deseaban vivir juntos, pero habían decidido que aún no era el tiempo, A.F.F, de 15 años, y V.E.M.C, de 16, se vieron interrumpidos por los elementos que les cuestionaron “Qué hacen aquí, por qué a esta hora”, ahí empezó la tragedia.
Eran casi las 10 de la noche, el policía Pedro Luis Becerril Ríos con el pretexto de interrogarla, condujo a A.F.F a una cancha de fútbol donde la violó. Los otros dos policías se llevaron a V.E.M.C atrás de la camioneta y se quedaron resguardándolo.
Cuando la adolescente pudo volver con su novio y los policías se habían ido, le contó sobre el ataque. El joven quiso ir a denunciar el hecho y fueron con los padres de ambos.
De camino a la delegación se encontraron con una patrulla, la de Becerril y sus dos compañeros que continuaban su rondín. Lo padres de los jóvenes reclamaron a los policías quienes en su intento por huir, echaron el vehículo en reversa para escapar, pero un auto estacionado se los impedía. El novio de la agredida quiso sacar al policía que abuso de ella, en respuesta la policía le disparó en el cuello y el tórax.
“Le dieron a mi gordo”, declaró uno de los testigos que gritó el padre del joven, según relata Animal Político. Otro de los oficiales, Alan Hernández Gutiérrez, en su primer día de trabajo bajó de la patrulla y disparó al aire para alejarlos. V.E.M.C murió en el hospital.
Los agresores huyeron y fueron detenidos meses después. A Becerril lo condenaron, como autor material, a 65 años de prisión por violación modificativa (con el agravante de haberse cometido por un servidor público) en contra de una menor, y por homicidio calificado. Para Alan Hernández Gutiérrez y Francisco Jiménez Arechiga la pena fue de diez años, como partícipes, cooperadores simultáneos por no impedirla, en la violación a la menor. Además, se fijó una cantidad de dinero como reparación del daño a la víctima.
Aunque el juez Juan José Colón Martínez reconoció que estos eran servidores públicos en funciones al momento de los hechos (21 de febrero de 2013), determinó que se estaba juzgando a particulares por la comisión de un delito; por lo tanto no podía imponer al Estado una reparación. Para eso, dijo, era necesario un procedimiento aparte.
“Se negó a dictar medidas de reparación integral para las víctimas y no garantizó la no repetición, pese a que hubo graves violaciones a derechos humanos”, dice Ana Yeli Pérez Garrido, asesora jurídica del Observatorio Ciudadano Nacional del Feminicidio (OCNF), quien lleva la defensa de la víctima. A. F. F, su familia, la de su novio y su abogada han ido de un lado a otro buscando reparación.
(Con información de El Dictamen)